A partir de ahora, estar en posesión del permiso de conducir no basta para ejercer la profesión de conductor de vehículo de carretera, sino que es obligatoria una formación inicial de 280 horas de duración o acelerada de 140 horas y una formación continua de 35 horas de duración cada cinco años. El carnet CAP es obligatorio desde el el 11-09-2008 para conductores de Autobuses y desde el el 11-09-2009 para transporte de mercancías autoescuela ZETA ofrecemos el carnet CAP para conductores que una vez realizado el curso se examinaran para obtener el certificado que les permite ejercer como profesionales del transporte.
¿Qué es el Carnet CAP?
El acrónimo CAP corresponde a un Certificado de Aptitud Profesional con validez en todo el territorio de la Unión Europea, que sirve para acreditar que un conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial como conductor profesional. El carnet CAP para conductores es un certificado que no tiene plazo de caducidad pero su vigencia dependen de que su titular siga, dentro de unos plazos determinados en la normativa, los cursos de formación continua que corresponda. ¿A Qué conductores afecta? A aquellos conductores que deban conducir vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E. ¿A partir de cuando es exigible el CAP para conductores? En relación con la exigencia del carnet CAP es necesario diferenciar entre la exigencia de la cualificación inicial y la de la formación continua. La cualificación inicial se exigirá: Para los conductores titulares de los permisos D1, D1+E, D, D+E expedidos a partir del 11 de septiembre de 2008. Para los conductores titulares de los permisos C1, C1+E, C, C+E expedidos a partir del 11 de septiembre de 2009.
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